lunes, 22 de septiembre de 2014

¿Y para qué carajo sirve el DIH?


Yris Cuevas

Para la mayoría de las personas, resultan desconocidas las siglas DIH e incluso su significado “Derecho Internacional Humanitario”, quizás por la falta de aplicación de este derecho.  

El Derecho Internacional Humanitario, también conocido como el “Derecho de la Guerra”, constituye un conjunto de normas internacionales de origen convencional y consuetudinario, dirigidas a ser aplicadas en los conflictos armados, internos o internacionales, que limita, por razones humanitarias, el derecho de las partes en conflicto a elegir libremente los métodos (modos) y medios (armas) de hacer la guerra y que protege a las personas y los bienes afectados o que puedan resultar afectados por ella.
Estas normas están contenidas en los denominados Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos adicionales,  con estos se busca restringir la barbarie de la guerra, es decir aquellas atrocidades que se comenten durante un  conflicto armado (guerra civil o entre dos o varias naciones), principalmente contra aquellas personas que no participan de las hostilidades (civiles, personal de salud, miembros de  organizaciones humanitarias), pero también protege a quienes resultan heridos en los combates, náufragos  o a los prisioneros guerra, así también a los monumentos, hospitales, iglesias y otras propiedades físicas, que se prohíbe ser atacadas o bombardeadas, salvo el algunas acepciones.
Sin embargo, poco se aplica este derecho y muestra de esto son los diferentes conflictos de los últimos armados de los últimos años, donde se ha acometido genocidio y destrucción masiva de edificaciones protegidas por este derecho.
  
Los  convenios de Ginebra se aprobaron  el 12 de agosto de 1949, por la Conferencia Diplomática para Elaborar Convenios Internacionales y entraron envigo en octubre de 1950.
El primero de estos convenios está destinado a proteger a las víctimas de la guerra y se refiere a la suerte que corren los heridos y los enfermos de las Fuerzas Armadas en campaña, pero no fue hasta 1950.
El II, para aliviar la suerte que corren los heridos, los enfermos y los náufragos de las fuerzas armadas en el mar. El III, es relativo al trato que deben recibir los prisioneros de guerra y el IV, el  que  nos ocupa en este momento, es relativo a la protección debida a  las personas civiles en tiempo de guerra.
Como muchísimos tratados, convenios, acuerdos y normas, estos instrumentos pasan desapercibidos y no se ponen en práctica, ni se sanciona a las naciones que los violan.
 En su artículo 1,  el convenio IV,  indica que; las Altas Partes Contratantes (firmantes) se comprometen a respetar y a hacer respetar el presente Convenio en todas las circunstancias.
El artículo 2,  establece: “Aparte de las disposiciones que deben entrar en vigor ya en tiempo de paz, el Convenio se aplicará, en caso de guerra declarada o de cualquier otro conflicto armado que surja entre dos o varias de las Altas Partes Contratantes, aunque una de ellas no haya reconocido el estado de guerra”.
En sentido general, este convenio establece en sus diferentes articulados, las medidas de protección que en toda las circunstancias se dará al personal civil, ya sea personas de la población, trabajadores y trabajadoras de los servicios  sanitarios, voluntarios, organismos internacionales y de socorro (ONU, Cruz Roja Internacional, etc), que no participan directamente de las hostilidades (mujeres, niños, niñas y jóvenes, ancianos), sin importar condición, raza, religión.
Ejemplo,  el artículo 24 trata de las medidas especiales en favor de la infancia
Y dice que:”Las Partes en conflicto tomarán las oportunas medidas para que los niños menores de quince años que hayan quedado huérfanos o que estén separados de su familia a causa de la guerra no queden abandonados, y para que se les procuren, en todas las circunstancias, la manutención, la práctica de su religión y la educación; ésta será confiada, si es posible, a personas de la misma tradición cultural”.
Las Partes en conflicto “favorecerán la acogida de esos niños en país neutral mientras dure el conflicto”, con el consentimiento de la Potencia protectora, si la hubiere, y si tienen garantías de que serán respetados los principios enunciados en el párrafo primero.
Además, harán lo posible por tomar las oportunas medidas para que todos los niños menores de doce años puedan ser identificados, mediante una placa de identidad de la que sean portadores, o por cualquier otro medio.
Pero la pregunta es,  qué pasa en conflictos como el que viven Israel y Palestina; se aplica el DIH?
Pues esta no es más que otras de las tantas normas violadas constantemente. El DIH, que forma parte del derecho internacional,  se remonta las normas dictadas por las antiguas civilizaciones y religiones, como normas reguladas surgió, precisamente a raíz de las crueldades que se cometen en las diferentes enfrentamientos armados y guerras modernas.  Este derecho, prevé la obligación de los estados de “respetar” y “hacer respetar” sus normas.
 La relación jurídica que se genera convencionalmente, vincula a los estados partes entre sí.
Este derechos prohíbe, entre otras cosas, los medios y los métodos militares que: no distinguen entre las personas que participan en los combates y las personas que no toman parte en estos, a fin de respetar la vida de la población civil, de las personas civiles y los bienes civiles; causan daños superfluos o sufrimientos innecesarios; usan daños graves y duraderos al medio ambiente.
El conflicto Israel Palestina es tan viejo como complejo,  y aunque la situación se ha visibilizado y se establece el origen de este conflicto  desde finales del siglo XIX, con el surgimiento de movimientos nacionalistas en Europa y Oriente Medio, no obstante, expertos e historiadores ubican este conflicto, miles años atrás,  en el ámbito religioso y ligado a la famosa promesa bíblica de la “tierra prometida”.  
El Estado de Israel nace en 1948,  y con él, a consideración de muchos, la inestabilidad geopolítica del Medio Oriente y el surgimiento del “terrorismo mundial de origen islámico”. 
 Los palestinos, no le perdonan a Israel  haberles desplazados de sus tierras, por lo que el conflicto entre ambos,  permanece latente y cualquier acción de una y otra parte, es motivo para iniciar las hostilidades, pese a las negociones que han realizado y de las que han logrado débiles acuerdos.
Desde el punto de vista bíblico, se dice que los palestinos,  habitaron esas tierras, mucho antes que los judíos, incluso, se dice que para lograr la llamada “Tierra Prometida”, los judíos, guiados por Moisés,  hace miles de años, quien tenía la misión de llevarlos allí desde Egipto, tuvieron que combatir con los pueblos que habitaban esas tierras para asentarse allí y fundar su nuevo hogar.
El territorio que ocupa Palestina es (una pequeña ´porción de terreno) situado en la costa del Mediterráneo Oriental, y con gran valor histórico y religioso. 
El movimiento sionismo formado durante el Imperio Otomano, este movimiento constituye  una rama del nacionalismo moderno y fue creado por el periodista Theodor Hezr, austro-húngaro de origen judío, la idea era lograr una entidad estatal para aquellos judíos que habían emigrado por el mundo, fue así como judíos europeos fueron haciendo sus asentamientos en ese territorio de Palestina, pese a ser un movimiento laico, por mucho tiempo Palestina permaneció bajo control colonial y otras provincias otomanas habían logrado su independencia.

Los inicios del conflicto se remontan al período colonial y al surgimiento de los movimientos nacionalistas en Europa y  Oriente Medio. Desde finales del siglo XIX, en las provincias árabes del Imperio otomano, se fueron desarrollando movimientos nacionalistas que reivindicaban la autodeterminación de la población autóctona haciendo valer su identidad árabe. Asimismo en Europa, al calor de la ola de nacionalismos, se articuló un movimiento singular, el sionismo, que propugnaba la creación de una entidad estatal para los judíos dispersos por el mundo.

Nadie sabe a ciencia cierta, quienes incurren en violaciones del DIH, de estos dos grupos en conflicto, Israel acusa al Movimiento de Resistencia Islámico, Hamás (la organización islámica palestina es el principal objetivo de la ofensiva israelí contra Gaza),este grupo gobierna a la Franja desde hace tres años, pero su origen es desde  finales de los años 70, cuando aparece un nuevo tipo de activismo islámico en los territorios ocupados y, desde los 80, la corriente de oposición islámica en Palestina estuvo representada por dos grupos principales: el Jihad Islámico y Hamas.

El recrudecimiento de este conflicto, que ha elevado la tensión en la frontera entre Israel y la Franja de Gaza,  aumentó el 12 de junio del presente año,  a consecuencia del secuestro y posterior asesinato de tres jóvenes israelíes en el territorio palestino ocupado de Cisjordania, los atribuyen a militantes de Hamas, este hecho, aunque estos niegan su participación alguna, e respuesta, un joven palestino de 16 años fue asesinado, corrió la misma suerte. La pérdida de vidas humanas desde ese momento se ha fijado en más de 400, principalmente de niños y niñas, los bombardeos israelís apuntan a los principales dirigentes de Hamas.

 Pero ambos se culpan de iniciar los bombardeos y de matar gente inocente, Israel asegura que se vio obligado a responder los ataques de Hamas, peor estos aseguran que lo que busca Israel es terminar de echar a los palestinos de los territorios que ocupan y desarticularlos por completo.
Israel dice que Humas en l últimas horas ha disparado más de 200 misiles desde la Franja de gaza. Para los que vivimos a este lado del mundo, se hace difícil entender las características del conflicto y quien de los dos grupos en conflicto, tiene la razón, Israel como Estado, dice que terminaran los bombardeos cuando Hamas deponga las armas, dicen que  solo atacan las estructuras de terror de Hamas, que no atentan contra la población civil, pero los partes de prensa, lo que ve el mundo es que de ambos lados se viola el Derecho Internacional Humanitario.
Israel ha expresado que este conflicto continuo es difícil terminar porque Hamas busca destruir a Israel como estado y no se van a dejar, (quién tiene la razón), lo único cierto en este caso es la cantidad de personas protegidas por el DIH, que han resultado lesionadas, en su mayoría muertas.
Estados Unidos y Egipto son los mediadores naturales en este conflicto, mediación que ha dejado mucho que desear. Hamas entiende que Estados Unidos, por mucho tiempo ha sido el mejor aliado de Israel y quien le ha proporcionado las armas con que “asesinan a cientos de palestinos”. También consideran que la Unión Europea y hasta Latinoamérica deben intervenir.
Hamas, dice jamás dejaría la lucha de hace 67 años por  su independencia y libertad, por lo que en este conflicto donde ninguna de las partes acepta responsabilidad, ni va a ceder de manera simple.
Mientras esto sucede, quien hará valer el DIH?
Realmente, hay debilidades en este derecho, sobre todo en los mecanismos de aplicación, cosa que han reconocido los organismos internacionales. En el artículo 3 común a los Convenios de Ginebra, se dispone la concertación de acuerdos entre los Estados y los grupos armados, “lo que, a veces, puede facilitar mejores medios para imputar la responsabilidad”.
El sistema de las Naciones Unidas siempre, es quien  se ha encargado de dar seguimiento  y controlar el comportamiento de las partes en los conflictos armados., a través de sus organismos: La Asamblea General, el Consejo de Seguridad y actualmente, el Consejo de Derechos Humanos, mediante sus diversos mecanismos para hacer cumplir las responsabilidades de los Estados.
El presidente del Comité  Internacional de la Cruz Roja (CICR), Jakob Kellenberger, considero en el 2009, a propósito del 60 aniversario del DIH, que “hacer más operacional el artículo 1 entraña un gran potencial, y que hay acontecimientos alentadores a ese respecto, como, ejemplo, las Directrices de la Unión Europea, aprobadas en 2005, para fomentar la observancia del DIH por parte de terceros países y actores no estatales”. Si estas Directrices se aplican de forma correcta y rigurosa, son una herramienta única y posiblemente poderosa.
En definitiva, toda la comunidad internacional, así como los diferentes organismos y entidades a las que no le es vinculante el DIH, deben hacer causa común y hacer que se cumplan estas normas, porqué de “qué carajo sirve tener toda una normativa, sino se aplica y se defienden realmente los derechos que proveen”. 
Por: Yris Cuevas
   
Fuente: http://www.apuntodigital.net/2014/07/y-para-que-carajo-sirve-el-dih.html

La reunión privada entre Kissinger y Pinochet en Chile

Fuente: https://elpais.com/chile/2023-05-26/la-reunion-privada-entre-kissinger-y-pinochet-en-chile-queremos-ayudarlo.html?outputType=amp La ...